Familia Acosta Bendek denuncia falta de garantías ante Fiscal y Juez Penal
Por el caso de los derechos de la Universidad Metropolitana.
Los abogados de la familia Acosta Bendek aseguraron que, conforme a los requisitos de procedibilidad que establecen las normas procesales penales, por parte de la Fiscalía 56 seccional de Patrimonio Económico, “es antijurídico generar una imputación fáctica ni material”, contra sus representados.
Sostienen que si el Fiscal 56 (Gustavo Orozco Pertúz), la procura, a lo que llama imputación, “se daría en un acto de arbitrariedad, debido a que ha venido siendo cuestionado por su falta de imparcialidad, habiendo actuado en forma notoria, con cierta extralimitación de facultades, lo que ha generado la sospecha, que su actuación es condicionada y notoriamente parcializada, así lo denunciamos en forma pública y ante las autoridades judiciales correspondientes, con los elementos probatorios que infieren tal conducta”
Manifestaron que el Fiscal 56 fue recusado, solicitándose a la Directora Seccional de Barranquilla, Ángela María Bedoya Vargas (con copia al Fiscal General de la Nación) el cambio de radicación y/o cambio de Fiscal, de la misma unidad, “que no se encuentre contaminado, lo que genera causales de impedimento por cuanto desde el mes de agosto de 2016, conoce de las denuncias presentadas por la familia Acosta Bendek , Acosta Osio, Acosta Pérez y Acosta Moreno (las víctimas verdaderas) y ha hecho caso omiso en las investigaciones contra Carlos Jaller Raad, Jorge Hernández Cassis, Miguel Jaller Raad y demás personas por los ilícitos que cometieron contra la Universidad Metropolitana (además rindió concepto, emitió opiniones, consejos, sobre este mismo caso)”.
Asimismo, recalcaron, que “ahora conoce de la investigación en contra de los tradicionales, reales y verdaderos representantes de la Universidad y Hospital Metropolitano, y en forma más que velada, ha pretendido, contrariando la razón y la verdad, como la ciudadanía barranquillera y colombiana saben; conocer denuncias espurias, por los mismos hechos, entre las mismas partes. Increíblemente el Fiscal recusado contra quien se interpuso tutela y fue fallada en su contra por la Sala Penal del Tribunal del Atlántico y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que de paso se ha dicho, ha incumplido la orden constitucional y está incurso en desacato a esa orden de tutela y en el delito de fraude a resolución judicial, no genera garantía alguna de seguridad jurídica y debido proceso, lo que le impide legalmente hacer ninguna imputación contra los señores Acosta Bendek”.
Aseguran que “de continuar con dicha acción, sería una gran arbitrariedad, por lo tanto acción ilegal, ya que no se entiende, como la Dirección Seccional de Fiscalía de Barranquilla, conociendo de las dificultades presentadas por este señor Fiscal, le haya asignado, este nuevo proceso aunque pesaban sobre él, todos los cuestionamientos jurídicos por su actuación de la cual ya solicitamos investigación para establecer si hubo alguna situación extraña, asignándosele el conocimiento de este proceso”.
Por otra parte, cuestionaron “el accionar del Juez Primero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla (Alberto Oyaga Machado), quien también fue recusado por el Doctor Eduardo Acosta Bendek lo cual le impedía jurídicamente actuación alguna, se permitió, vulnerando normas de orden público y las técnicas de coordinación de audiencia de jueces penales de Garantías, acoger la audiencia, cuando debía devolver el expediente para un nuevo reparto técnico, por haber sido fallida la audiencia inicial, continuando toda vez que su obligación era devolver la carpeta para que se realizara la nueva audiencia y se sorteara un nuevo Juez para seguir con el Sistema Penal e impedir que los jueces estén contaminados con anticipación a la audiencia. Es irregular, conforme a normas administrativas, haberla continuado, hecho por lo que fue recusado con anticipación y el Juez actuó como Juez y parte al mismo tiempo, resolviendo de plano su propia recusación, violando el principio de legalidad que le ordena enviar al superior sus descargos para definir esta recusación, por lo que al haber adelantado la audiencia con esa causal de suspensión vició de nulidad la misma. Quien es llamado a decidir sobre la recusación del señor Juez es su superior y hasta tanto eso ocurra no recuperará su competencia”.
Advierten que “a pesar de tantas irregularidades que se han visto en la justicia hoy jamás se ha visto que un Juez formalmente recusado actuara y decidiera como Juez y parte, su propia recusación sin enviar el expediente a su superior, quien es el llamado a decidir sobre el Juez inferior”.
Por esto, consideran que “la violación flagrante al debido proceso, derecho de defensa, imparcialidad, acceso a la administración de justicia, lo que sin lugar a la mínima duda, ante las evidencias genera en nuestros poderdantes temor, desconfianza, por considerar que no existen garantías, ni con la Fiscalía 56 (Gustavo Orozco Pertúz), ni con el Juez Primero Penal Municipal con Funciones de Garantías de la ciudad de Barranquilla (Alberto Oyaga Machado)”.
Finalmente llamaron la atención “sobre el manejo mediático” que se le ha dado al asunto, “todo para crear en la opinión pública la falsa impresión de la existencia de algún delito que el solo hecho de la imputación, dejo una sombra de duda, pero la ciudadanía sabe y conoce la verdad, por lo que instamos a las autoridades nacionales (Fiscalía General de la Nación) y a la comunidad, para que estemos alertas, en pro de respaldar y defender nuestra Universidad y Hospital Metropolitano, que seguirán cumpliendo con los estándares de calidad y siendo el templo del saber para todos en la Costa Caribe y nuestro país, reiterando, que se trata de un falso positivo, por cuanto a sabiendas hicieron público en un medio periodístico unas falsas imputaciones contra los señores Acosta Bendek”.